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Visas de turismo y visas de inmigrante

Visas De Turismo Y Negocios

Existen 2 tipos de visados para la categoría de turismo y negocios, estas son:

  • Visa B-1 para los negocios, incluye:

    • Socios comerciales. 

    • Negociación de contratos. 

    • Asistencia científica.

    • Asistencia educativa.

    • Liquidación de patrimonios.

    • Niñeras o empleadas domésticas.

    • Atletas aficionados o profesionales (sólo por competiciones que otorguen premios).

  • Visa B-2 por turismo, tratamientos médicos o por placer, incluye:

    • Turismo.

    • Visitas a familiares o amigos.

    • Tratamiento médico.

    • Actividades sociales o de servicios.

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Visas De Estudiantes

Los extranjeros pueden estudiar en Estados Unidos de manera legal, siempre y cuando sean elegibles para una visa estudiantil. Entre estas se encuentran las siguientes:

  • Visa F-1 para estudiantes extranjeros que se inscriben en un programa de estudios académicos (colegio o universidad). Válida para cualquier nivel de estudios.

  • Visa F-2 dependientes del titular F-1.

  • Visa F-3 para estudiantes académicos nacionales mexicanos o canadienses que tienen que desplazarse periódicamente. El término que se usa en inglés es «commuter».

  • Visa M-1 para los estudiantes que se inscriben en programas vocacionales de corta duración y sin un valor académico.

  • Visa M-2 dependientes del titular M-1.

Visas De Trabajo

​

Para trabajar en Estados Unidos de manera legal, se necesita una visa específica según el tipo de trabajo. Esta categoría incluye:

  • Visa EB-1 otorgada a los trabajadores que poseen habilidades extraordinarias y que llegan a ejercer de manera permanente en EE. UU.

  • Visa EB-2 entregada a las personas que practican medicina en zonas marginadas.

  • Visa EB-3 destinada a los trabajadores profesionales que no son elegibles para la visa EB-1 y EB-2.

  • Visa EB-4 para personas que han trabajado en el gobierno de EE. UU. y viudas/viudos extranjeros que han estado casados con un ciudadano americano.

  • Visa EB-5 para el programa de inmigrantes inversionistas.

  • Visa H-1B otorgada a los profesionales con trabajos especializados.

  • Visa H-1B1 para los profesionales del Tratado de Libre Comercio (TLC) de USA-Chile y profesionales de FTA de Singapur.

  • Visa H-2A para empleos temporales en agricultura.

  • Visa H-2B para trabajadores no agrícolas. Por ejemplo:

    • Construcción.

    • Trabajos en jardinería.

    • Limpieza.

  • Visa H-3 a aprendices o visitantes de intercambio con una educación especial.

  • Visa H-1C para enfermeros o enfermeras que viajan por escasez de profesionales en el área de salud.

  • Visa L para trabajadores transferidos a EE. UU. por sus compañías, empresas u organizaciones. Incluye:

    • Visa L-1A trabajadores en posiciones generales o ejecutivas.

    • Visa L-1B trabajadores con conocimientos especializados.

  • Visa O de personas con habilidades extraordinarias en: ciencias, educación. deportes o artes. Incluye:

    • Visa O-1 para personas con dichas habilidades.

    • Visa O-2 para asistentes de los titulares de una visa O-1.

    • Visa O-3 para los dependientes de los titulares de una visa O-1.

  • Visa E-3 dedicada a profesionales australianos con una especialización.

Visa De Comerciante

Los extranjeros requerirán una visa de comerciante si desean invertir o realizar acuerdos comerciales en EE. UU. esto incluye las siguientes visas:

  • Visas E que incluye a los comerciantes e inversionistas por tratado. Estas son:

    • Visa E-1 de comerciantes por tratado comercial.

    • Visa E-2 de inversionistas por tratado comercial.

Visas Para Víctimas De Crímenes

Las víctimas de ciertos crímenes y abusos en EE. UU. pueden ser elegibles para:

  • Visa U para crímenes como:

    • Violencia doméstica.

    • Agresión sexual.

    • Violación.

    • Abusos físicos o mentales.

    • Esclavitud.

    • Asalto criminal.

    • Secuestro.

  • Visa T para trata y tráfico de personas.

  • Visa VAWA para delitos como:

    • Violencia doméstica.

    • Abusos.

    • Agresiones.

Visa Para Familiares

  • Visa para cónyuges de un ciudadano americano, estas son:

    • IR-1 otorgada a los cónyuges que han estado casados con un ciudadano estadounidense durante al menos 2 años.

    • IR-2 permite que el hijo de un ciudadano estadounidense que vive fuera de los Estados Unidos ingrese y viva legalmente en el país.

    • CR-1 otorgada a cónyuges extranjeros que han estado casados con un ciudadano estadounidense por menos de dos años.

    • Visa K-1 de prometido de ciudadano americano.

    • Visa K-3 cónyuges de ciudadano americano que pueden ingresar al país en espera de la aprobación del Formulario I-130.

  • Visas de adopción internacional de niños huérfanos por ciudadanos americanos. Incluye:

    • IR-3 para niños adoptados en el extranjero por un ciudadano o una ciudadana estadounidense.

    • IR-4 para que los niños sean adoptados dentro de los EE. UU. por un ciudadano estadounidense.

    • IH-3 son generalmente para niños que son adoptados en un país de la Convención.

    • IH-4 son generalmente para niños provenientes de un país de la Convención que serán adoptados en los Estados Unidos..

Las visas IR se otorgan a los niños que provienen de países que no pertenecen a la Convención de la Haya. Mientras que la IH se les otorga a los niños que pertenecen a países de la Convención de la Haya.

  • Visas para ciertos miembros familiares de un ciudadano americano. Incluyen:

    • F1 para hijos e hijas solteros y que tengan 21 años de edad o más.

    • F3 para hijos e hijas casados.

    • F4 para hermanos y hermanas si el estadounidense tiene 21 años de edad o más.

  • Visas para miembros familiares de residentes permanentes legales

    • F2A para cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de edad.

    • F2B para hijos e hijas solteros de 21 años de edad

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